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Ballestero: "El estado de alarma debe permanecer sólo lo imprescindible"

En declaraciones a Sin Complejos de esRadio, José Antonio Ballestero, secretario general de la APM, ha dicho que el estado de alarma no se puede prorrogar más de lo imprescindible para cumplir su función.

Entrevista a José Antonio Ballestero

El audio empezará a sonar cuando acabe el anuncio

El secretario general de la Asociación de Profesionales de la Magistratura, José Antonio Ballestero, ha atendido este sábado los micrófonos de esRadio en el programa Sin Complejos, que dirige y presenta Luis del Pino.

El conductor de Sin Complejos quería saber qué interpretación hacía el secretario general de una de las asociaciones de jueces más importantes del país sobre la declaración del estado de alarma y su posible ilegalidad.

Para Ballestero, "todas las opiniones en derecho son susceptibles de ser contradichas y de ser objeto de debates". En este sentido, ha citado algunos artículos del Código Penal Militar, así como de la Ley que regula los estados de alarma, sitio y excepción, que, según interpretación, avalarían la legalidad del decreto del Gobierno.

En cambio, siempre ha dejado muy claro José Antonio Ballestero que lo verdaderamente importante en este asunto es tratar de dirimir las causas que el Gobierno ha invocado para decretar el estado de alarma, si se ajustan o no a derecho.

Por lo demás, hay dicho que "se puede debatir" ya que, tal y como ha señalado, "he escuchado a un sector muy autorizado de la doctrina que defiende" que el estado de alarma decretado el sábado pasado "es ilegal" y a otra parte de la doctrina defender lo contrario, "por lo tanto son opiniones en las que podemos estar plenamente de acuerdo", o no. En cualquier caso, para Ballestero lo más importante es que "el Estado no puede permanecer inerme ante una situación de abandono masivo como la del otro día".

En cuanto a la duración del estado de alarma, Ballestero dice que esta medida "ha de mantenerse en el tiempo únicamente "el imprescindible para suplir las necesidades por las que se implantó y no más tiempo del que sea necesario".

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